Ranchos aprobó la apertura de locales gastronómicos
septiembre 29, 2020Desde este jueves 1 de octubre, queda habilitada en Ranchos la apertura de los rubros gastronómicos, como bares, restaurantes, cervecerías y heladerías para la atención al público en los locales con la posibilidad de consumir bebidas y comidas en el local. Estarán habilitados hasta las 00hs y será con una ocupación interna del 40%.
A continuación se detallan las medidas anunciadas mediante conferencia de prensa por el Intendente Juan Manuel Álvarez y el Director Médico del Hospital Campomar, Dr. Santiago Dos Santos, mediante Decreto N° 582/2020.
CONSIDERACIONES GENERALES
• Se deberá comunicar a los clientes las políticas de prevención a cumplir dentro del local comercial y las pautas a respetar dentro del mismo.
• Se deberá señalizar el sentido de circulación dentro del local comercial y señalizar la cantidad máxima de personas por área de servicio.
• La capacidad de cada local será al 40% de la totalidad de capacidad máxima permitida.
• La densidad de ocupación no podrá exceder de 1 persona cada 2.25 metros cuadrados.
• Se dispondrán de todas las medidas para evitar aglomeraciones y controlar que entre comensales y trabajadores mantengan la distancia de seguridad establecida para evitar contagios.
• Es obligatorio el ingreso y uso de tapaboca dentro del local comercial, excepto al momento de la comida siempre que se permanezca en la mesa.
• Está prohibido el uso de la barra de los locales comerciales para la estadía de los comensales o personas que aguarden el turno.
• Colocar a disposición del público información y cartelería sobre las medidas generales de prevención y protección para el COVID 19.-
• Se deberá realizar una capacitación inicial con las pautas para trabajar para todo el personal de los establecimientos previo a la reapertura, bajo la responsabilidad del empleador.
• Se prohíbe el uso común de los “salad bars” e islas de autoservicios.
• Todo el personal empleado está obligado a la utilización de tapaboca y antiparras o tapaboca y mascara facial.
• Evitar la utilización de manteles y servilletas de tela, en caso de utilizarlos deberán estar cubiertas por nylon cristal.
• Se deberán mantener los espacios infantiles y áreas de juegos cerrados, se prohíbe la utilización de juegos de mesas, cartas entre otros.-
• Se deberá controlar la temperatura de los trabajadores al ingreso del turno de trabajo la cual no deberá ser superior a 37.5º C.-
• Mantener los espacios y/o ambientes ventilados.
• Las cartas y/o menues deberán ser entregados via web o de manera plastificada para facilitar su correcta higiene.
• Ante la presencia de síntomas de cualquiera de los empleados del establecimiento comercial NO DEBERAN CONCURRIR AL LUGAR DE TRABAJO y deberá comunicarlo de manera inmediata al sistema de salud.
• Generar una constancia escrita por el empleador en la conste la entrega de información a los trabajadores y la capacitación sobre: a) nuevo protocolo de seguridad e higiene para el funcionamiento, b) la obligación de denunciar la presencia de síntomas y el llamado al centro de salud asistencial.
CONSIDERACIONES PARTICULARES:
1. RESERVAS
Se recomienda que todos los clientes acudan al establecimiento con reserva previa, la que debe ser realizada de manera remota (teléfono, página web, app celular, etc.).
La persona que realizo la reserva deberá ser la designada como responsable del cumplimiento de las normas por parte del resto del grupo asistente.
2. INGRESO EN EL LOCAL COMERCIAL
Se deberá respetar el horario de la reserva para el ingreso dentro del local comercial no debiendo generarse un cumulo de público en la vereda con el fin de aguardar por el turno reservado.
En el ingreso del local comercial se debe disponer alcohol en gel y/o solución sanitizante para las personas ingresantes quien deberá obligatoriamente desinfectarse las manos.
En el ingreso del comercio se procederá a:
a) Tomar la temperatura de cada uno de las personas que ingresen al comercio la cual no debe ser superior a 37.5º. En los casos que se registre una temperatura superior NO se podrá permitir el ingreso al local comercial y se deberá comunicar a la autoridad sanitaria correspondiente.
La toma debe realizarse con termómetros infrarrojos que no impliquen contacto físico directo. La persona encargada de la toma de temperatura deberá contar con la protección adecuada de mascara facial.
b) Se completará un “Registro de clientes” (dispuesto como ANEXO A) para el registro de los comensales que van a asistir al comercio donde se asentara, datos personales, ubicación de la mesa, temperatura captada al ingreso, horario de permanencia dentro del local comercial y un número telefónico de contacto.
c) Los comensales se ubicaran conforme a la calificación de GRUPO CONVIVIENTE O NO CONVIVIENTE en la mesa con numero previamente designado y deberán ser atendidos siempre por el mismo mozo.
d) Una vez ubicados el mozo les alcanzará la DECLARACION JURADA que deberán completar con sus datos personales de manera OBLIGATORIA previamente a realizar el pedido.
e) El mozo deberá indicarle las pautas de comportamiento dentro del local comercial NO PUDIENDO los comensales deambular dentro y/o fuera del mismo a excepción de la utilización del sanitario.