El Gobierno creó el Programa ACOMPAÑAR para personas en riesgo por violencia de género

El Gobierno creó el Programa ACOMPAÑAR para personas en riesgo por violencia de género

septiembre 9, 2020 0 Por La Nota

Se trata de un apoyo económico equivalente a un salario mínimo que busca promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo. Quiénes podrán acceder.

Desde el Gobierno se decidió crear el Programa de Apoyo de Acompañamiento a Personas en Situación de Riesgo por Violencia Por Motivos de Género (ACOMPAÑAR), un programa que busca promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo mediante el otorgamiento de un apoyo económico y del fortalecimiento de redes de acompañamiento.

Según indica el Decreto 734/2020 publicado esta mañana en el Boletín Oficial, Decreto 734/2020 se entiende por personas en situación de violencia por motivos de género que se encuentren en “riesgo”, a aquellas mujeres y personas LGBTI+ que por sus condiciones socio económicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias por motivos de género que ponen en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.

El pago de la prestación económica que resulte de la aplicación del PROGRAMA “ACOMPAÑAR” estará a cargo de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de un salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante SEIS (6) períodos mensuales consecutivos.

Quiénes podrán acceder al Programa ACOMPAÑAR

Para acceder a la prestación del PROGRAMA “ACOMPAÑAR” se requerirá acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias localprovincial o de la Ciudad de Buenos Aires.

Este apoyo económico tiene la finalidad de contribuir a solventar los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencia por motivos de género, y resulta compatible con:

a. Asignación Universal por hijo o hija;

b. Asignación Universal por Embarazo para Protección Social;

c. Asignación por hijo o hija con discapacidad;

d. Monotributo Social,

e. Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), y

f. Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

La prestación resulta incompatible con el goce por parte de la persona postulante de:

a. Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos, excepto la compatibilidad establecida en el ARTÍCULO 6° incisos d) y f) del presente;

b. Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el ESTADO NACIONAL;

c. Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;

d. Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016;

e. Prestación por desempleo.